Pasos para presentar inconformidades observadas durante el proceso de legitimación del CCT

¿Qué hacer si presencias irrregularidades?

1.- Detectar irregularidades. Se entiende por irregularidad cualquier acto u omisión que vulnere los principios de seguridad, transparencia, confiabilidad y certeza en la votación o que afecte el derecho de las personas trabajadoras a emitir su voto de manera personal, libre, directa, secreta, pacífica, ágil y segura.

2.- Registrar las irregularidades. Es importante recabar evidencia de la irregularidad, por lo que , una vez que observes una irregularidad debes documentar (realiza una narración por escrito, guarda documentos, fotografías, correos, etc.) las irregularidades, tales como no estar en el padrón, apertura tardía de casillas, urna opaca, que no se haya publicado la convocatoria en tu dependencia, que no se te permita vota, entre otras.

3.- Presentar la inconformidad. Las inconformidades podrán ser presentadas a través del correo electrónico  inconformidades@centrolaboral.gob.mx, hasta tres días posteriores a la celebración del último evento de consulta. Además, puedes enviar tu denuncia con copia a sittaunam.sg@gmail.com para darle seguimiento.

La inconformidad será admitida una vez que se proporcione la información siguiente:
I. Nombre y CURP de la o las personas trabajadoras;
II. Unidad o centro de trabajo;
III. Correo electrónico para recibir notificaciones;
IV. Sindicato de afiliación y/o titular del contrato colectivo de trabajo;
V. Procedimiento de democracia sindical de que se trate;
VI. Datos para identificar el contrato colectivo de trabajo sujeto a consulta, cuando se trate de la aprobación de un convenio de revisión;
VII. Lugar y fecha de la consulta;
VIII. Narración de los hechos que motivan la inconformidad, incluyendo las circunstancias de modo, tiempo y lugar, es decir, cuándo y dónde ocurrieron los hechos u omisiones, así como la manera en que éstos sucedieron, y en su caso los nombres de las personas que intervinieron en éstos, o en su defecto proporcionar datos que permitan identificarlas, señalando su cargo en caso de tratarse de personas servidoras públicas, dirigentes sindicales o representantes del patrón;
IX. Copia simple de la identificación vigente con fotografía de la parte promovente;
X. Manifestación bajo protesta de decir verdad de que la información y documentación presentada es correcta y veraz y auténtica; y
XI. Firma autógrafa o electrónica de quien presenta la inconformidad.

La inconformidad deberá acompañarse de las evidencias que el o los promoventes estimen pertinentes que se relacionen con los hechos señalados. Si de la inconformidad planteada se advierten elementos o indicios que hagan presumir la existencia de alguna irregularidad grave, aun cuando la inconformidad no reúna los requisitos de procedencia, el Centro podrá allegarse de los elementos a su alcance para realizar el análisis correspondiente.


El Centro analizará las evidencias aportadas y desechará las que no tengan relación con los hechos u omisiones materia de la inconformidad o bien, por no ser idóneas para acreditar la irregularidad planteada. Cuando el escrito de inconformidad no proporcione la información que se indica en el segundo párrafo del presente artículo, incurra en errores o sea confuso, el Centro requerirá al o los promoventes para que subsane su inconformidad dentro del plazo de tres días.

https://legitimacion.centrolaboral.gob.mx/Inconformidad.aspx

Para revisar la normatividad a detalle, consulta los siguientes documentos

https://centrolaboral.gob.mx/CFCRL/ldemocracia_sindical.pdf
https://legitimacion.centrolaboral.gob.mx/Upload/ProtocoloLegitimacion.pdf

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