“La palabra sindicato denota, una forma específica de asociación, una libertad política fundamental en todas las Constituciones democráticas cuya característica definitoria es la
unión y organización de los trabajadores; también es un derecho en los tratados internacionales y en la Declaración Universal de Derechos Humanos. Los medios de los que se dota para la defensa de los intereses de sus agremiados son muchos, pero los más importantes son la negociación colectiva y la huelga. La negociación colectiva para conseguir mejores condiciones salariales y prestaciones para todos los trabajadores. La huelga, como instrumento de presión para que el empresario acepte negociar colectivamente las condiciones salariales y de empleo de los trabajadores de una empresa o de un sector de la producción. (Lastra 2013)
“El sindicato como organización de representación del interés colectivo de los trabajadores y del sindicalismo como sistema de relaciones colectivas en imbricación con el poder económico y el poder político… Mediante el reconocimiento de las facultades de acción del sindicato –resumidas en la expresión de la libertad sindical y la mayor representatividad sindical– se introduce una dinámica de cambio y de reforma en las estructuras desiguales de la sociedad que se corresponde tanto con la cláusula del Estado Social como con el reconocimiento de un principio de nivelación social y económica guiado por un proceso de consecución del principio de igualdad material o sustancial” (Baylos y Gianibelli 2011)
“Así, con el posfordismo disminuyó el Estado de bienestar, y se privatizaron las necesidades colectivas y la seguridad social (Harvey 1998, 202). Así, la transición del fordismo al posfordismo o toyotismo implicó un gran cambio. Este nuevo esquema dio más peso a la producción flexible y en series pequeñas, contra la masiva y estandarizada del fordismo. Asimismo, destaca el trabajador multitareas, contra el especializado y una organización más horizontal del trabajo. Con respecto a las relaciones laborales, se introdujeron formas
nuevas de contratación y subcontratación, con una diferenciación en las prestaciones en los trabajadores periféricos contra los de núcleo (Harvey 1998, 201 y 202). Según Castel (2002, 13), tras estos cambios, la situación actual del empleo está marcada por la precarización de las condiciones de trabajo, la inadecuación de los sistemas clásicos de protección y la
multiplicación de individuos que ocupan en la sociedad una posición de trabajadores temporales, inempleables, desempleados o empleados de manera precaria.” (Rubio 2017)
De acurdo con Rubio (2017), la precariedad en México se puede estimar de la siguiente manera:
- -PAMex = SCMex+CTMex+ISMex+SSSMex+SOPMex)/500 donde:
- -PAMex = precariedad en México.
- -SCMex = (TSCMex/TORSMex); porcentaje de trabajadores sin contrato, igual al total sin contrato, entre el total de los ocupados subordinados remunerados.
- -CTMex = (TCTMex/TCCMex); porcentaje de trabajadores con contrato temporal, igual al total con contrato temporal, entre el número de quienes tienen contrato.
- -ISMex = (TISMex/TORSMex); porcentaje de trabajadores en situación de insuficiencia salarial (que ganan dos o menos salarios mínimos), igual a los que tienen insuficiencia salarial, entre el total de los ocupados subordinados remunerados.
- -SSSMex = (TSSSMex/TOSRMex); porcentaje de trabajadores sin acceso a los sistemas de salud, por razón de su relación laboral, igual a los que están en dicha situación entre el total de los ocupados subordinados remunerados.
- -SOPMex = (TSOPMex/TOSRMex); porcentaje de trabajadores sin otras prestaciones diferentes al acceso a los sistemas de salud, igual a los que están en dicha situación entre el total de los ocupados subordinados remunerados.
Los planteamientos anteriores, entre muchos otros, nos llevan a reflexionar y a actuar respecto a la necesidad de preparación y de la construcción colectiva del conocimiento histórico, social y político de la lucha obrera y del sindicalismo en el marco del desarrollo económico social, político y de la lucha de clases que se ha dado en los últimos siglos. Por ello nos hemos dado a la tarea de organizar mesas de exposición para compartir las diversas experiencias en torno al sindicalismo en general y en particular al universitario.
Referencias
Baylos, Antonio y Guillermo Gianibello. (2011). Introducción, en: Baylos, Antonio y Guillermo Gienibelli (eds). Convergencia sindical, movimientos sociales e integración Latinoamericana. Fundación AMELA – Editorial PRE-TEXTOS. España. http://www.relats.org/documentos/RDSL.Libro2011.pdf
Rubio Campos, Jesús. (2017). Sindicalización y precariedad laboral en México. Región y sociedad, 29(68), 37-75. https://dx.doi.org/10.22198/rys.2017.68.a247
Lastra Lastra, José Manuel. (2013). ¿Para qué sirve un sindicato?. Boletín mexicano de derecho comparado, 46(138), 1207-1212. Recuperado en 14 de julio de 2020, de http://www.scielo.org.mx/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0041-86332013000300016&lng=es&tlng=es.
Publicaciones de interés:
Figueiras, Francisco (2001). AAPAUNAM: UNA HISTORIA DE SUS ORÍGENES. Autoritarismo, Antidemocracia y Subordinación de la Facción de las AAPAUNAM a la Rectoría (Tesis de Maestría). Universidad Nacional Autónoma de México
Linhart, Robert. 1979. De cadenas y de hombres. Editorial XXI
Películas
La sal de la Tierra (1954). Director: Biberman
La Huelga (1925). Director: Esienstein