Debido a la reciente reforma fiscal que entrará en vigor el en 2022 y al comunicado que se emitió respecto a la solicitud de la constancia fiscal, han surgido diversas inquietudes al respecto, tanto para llevar a cabo el trámite solicitado, como para entender las implicaciones de fondo de dicha disposición.
Para atender estas inquietudes, organizamos una plática para explicar de manera general el trámite solicitado y responder a las dudas particulares respecto al mismo, así como para analizar las posibles implicaciones. Si bien estaba como invitado el Lic Eduardo Levi, desafortunadamente no pudo llevar a cabo la plática por causas imprevistas, por ello el Lic Ramón Castro realizó una explicación general del tema. El video de la plática se puede ver en el siguiente enlace:
https://fb.watch/9W3cX9AlF3/
Derivado de la nutrida participación durante la plática, se plantearon 3 propuestas: 1) Compartir los materiales de apoyo para llevar a cabo el trámite; 2) Realizar una segunta sesión para las dudas que quedaron pendiente; y 3) Consultar las dudas con expertos fiscalistas. Para ello se llevará a cabo la siguiente estrategia: Compartir aquí los materiales y sugerencias respecto al trámite de obtención de la constancia, para dudas relacionadas con la reforma fiscal, se realizará un sondeo para llevar estas dudas a expertos fiscalistas y posteriormente se publicarán las respuestas en este sitio web.
Información sobre el trámite de la constancia de situación fiscal (material compartido durante la plática).
Tips
I.- Asistir directamente a las oficinas del SAT, esposible ser atendida(o) sin contar con cita, siempre que sea únicamente para que le proporcionen la constancia.
II.- Llamar al teléfono MARCASAT: 55 62 72 27 28 para solicitar información, en cierto casos piden el RFC y un correo electrónico y hacen llegar la constancia por dicha vía.
III.- Si ya cuenta con una constancia de situación fiscal cuyo domicilio no está actualizado, es necesario realizar el cambio, para lo cual necesta una firma electrónica (e-firma), la cual se puede obtener en línea o bien en las oficinas del SAT.
Aspectos técnicos
De acuerdo con el Código Fiscal de la Federación, en su Artículo 10, se considera domicilio fiscal:
I. Tratándose de personas físicas:
a) Cuando realizan actividades empresariales, el local en que se encuentre el principal asiento
de sus negocios.
b) Cuando no realicen las actividades señaladas en el inciso anterior, el local que utilicen para
el desempeño de sus actividades.
c) Únicamente en los casos en que la persona física, que realice actividades señaladas en los
incisos anteriores no cuente con un local, su casa habitación. Para estos efectos, las autoridades fiscales harán del conocimiento del contribuyente en su casa habitación, que cuenta con un plazo de cinco días para acreditar que su domicilio corresponde a uno de los supuestos previstos en los incisos a) o b) de esta fracción.
El Registro Federal de Contribuyentes (RFC) es una clave que el gobierno utiliza para identificar a las personas físicas (individuos) y morales (empresas) que practican alguna actividad económica en México. El RFC sirve para realizar cualquier actividad económica lícita en el país, lo cal implica el pago impuestos, es decir, se destina parte proporcional de los ingresos para financiar la administración y los servicios del Estado.
Todas las trabajadoras y trabajadores de la UNAM cuentan con RFC, si al ingresar a la UNAM no lo habías tramitado, la UNAM lo tramitó automáticamente, pero en las últimas décadas, cada trabajadora y trabajador lo tenía que tramitar previamente antes de ingresar a laborar a la UNAM. ¿Tienes duda de cuál es tu RFC? lo pueden consultar en tu talón de pago, viene a la derecha del número de empleado.
Buzón de dudas
Breve cuestionario para hacernos llegar sus dudas respecto al trámite de la constancia de situación fiscal, tales dudas, a su vez, las consultaremos con expertos fiscalistas.
https://forms.gle/K6DaL1DbXye84ZyW7
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